• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Badajoz
  • Ponente: LUIS ROMUALDO HERNANDEZ DIAZ-AMBRONA
  • Nº Recurso: 47/2022
  • Fecha: 22/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. FALTA DE LEGITMACIÓN ACTIVA EN SU RECLAMACIÓN: IMPROCEDENTE. Cuando se trata de hijos no matrimoniales, la filiación paterna se puede reconocer por el padre de distintas forma, entre ellas, por el reconocimiento desde el principio. En el caso, la progenitora materna en procedimientos judiciales reconoció la paternidad del actor. Asumió la paternidad de éste. Dio su consentimiento, por lo que no cabe ahora ir en contra de sus propios actos. INTERÉS DEL MENOR. El interés de las menores es el que debe prevalecer por encima de todo, lo que exige que las menores sigan conviviendo con sus progenitores. La custodia compartida no es un mero reparto del tiempo de convivencia de los niños o adolescentes con cada uno de sus progenitores, sino un sistema de guarda que requiere una cooperación entre ambos, una implicación mutua en el compromiso de la crianza y el desarrollo de los hijos tras la ruptura como pareja de los padres.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: ANTONIO LORENZO ALVAREZ
  • Nº Recurso: 87/2022
  • Fecha: 20/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima que la situación penitenciaria que tiene la actora de libertad condicional, con una suspensión del resto de la condena carcelaria por dos años, a diferencia de lo señalado en la instancia, que la considera una situación provisional susceptible de ser revertida, si la misma incumple las condiciones a las que está sujeto dicho beneficio de suspensión, es una situación "estable y permanente" que justifica una modificación de medidas, precisamente por esa privación de libertad, pues lo contrario es discriminatorio para la apelante, vulnerando los derechos reconocidos en el Código Civil, para cada una de las pretensiones solicitadas, entendiendo que debe alzarse la suspensión, y atribuir su ejercicio conjunto a ambos progenitores. Se mantiene régimen de custodia en favor del padre al considerarlo de interés atendida la voluntad expresada por esta, apoyada en informes psicológicos y del desconocimiento de la situación económica de la actora, si bien se establece un régimen de visitas amplio (coincidente con el atribuido a los abuelos maternos), atendido el hecho de que, durante casi diez años, madre e hija disfrutaban de un régimen con pernoctas. Los alimentos pedidos en contestación, proceden pues es necesario para reclamarlos reconvención, si bien se deniega por falta de prueba en cuanto a la situación económica de la madre, quien, aparentemente depende de sus padres. En cuanto a las costas su imposición se determina por criterios de temeridad no de vencimiento.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: MARIA LOURDES ARRANZ FREIJO
  • Nº Recurso: 233/2022
  • Fecha: 20/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El demandado ha incumplido sistemáticamente los turnos de custodia sin que se justifique que concurra acuerdo de los padres por cuanto el padre cuando le toca asumir las obligaciones de forma exclusiva haga valer una imposibilidad material de asumirlos que ya preexistía cuando se solicito la compartida lo que provoca que estos periodos los asuma la madre con el fin de lograr el bienestar de los hijos e igualmente se incumple el pago de la pensión con excusa de existencia de cuenta común cuando el menor tiene cuenta a su nombre donde realizar los ingresos por ello se constata la modificación de circunstancias que concurrían cuando se acordó la custodia compartida que se modifica.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: LUIS BLANQUEZ PEREZ
  • Nº Recurso: 2590/2022
  • Fecha: 16/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Atendiendo a la edad de los menores quienes expresan su voluntad y ponderando la distancia geográfica de los padres estando mas involucrada la madre con los hijos y que uno de ellos en un año podrá elegir al alcanzar la mayoría de edad permite otorgar a la madre la custodia en exclusiva.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pontevedra
  • Ponente: JAIME ESAIN MANRESA
  • Nº Recurso: 387/2022
  • Fecha: 15/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No se concede la custodia compartida porque se aprecia en el interrogatorio del padre desconocimiento de ámbitos fundamentales que afectan al menor como médicos y escolares expresando el menor con madurez la preferencia de continuar con la madre no obstante se concede al padre visitas de mayor frecuencia y mas extensas.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ourense
  • Ponente: ANGELA IRENE DOMINGUEZ-VIGUERA FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 648/2021
  • Fecha: 15/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima la custodia compartida revisados los informes y apreciando que ambos son idóneos para la guarda de los hijos y que este régimen le beneficia aunque la atribución de la vivienda continua a la madre si bien cuando este con ella la menor y por un tiempo de seis meses que para a disposición del padre eliminando la imposibilidad que acordó el juez de que puntualmente se delegara el cuidado del menor en terceras personas de confianza de cualquiera de los padre y se fija una cuantía de alimentos en favor del menor y a cargo del padre cuando la menor este con la madre.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cartagena
  • Ponente: MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS
  • Nº Recurso: 223/2022
  • Fecha: 14/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El padre interesa la custodia para si y con aportación documental sobre los problemas de la madre con ingreso en centro de desintoxicación por consumo de cannabis padeciendo un parkinson avanzado que limita su movimiento compartiendo vivienda que no cubre las necesidades del menor sin que tales alegaciones estén acreditadas sino al contrario de las testifícales se establece la semejanza de situación de precariedad si esta con el hijo cuando además la madre ya no consume sin que la enfermedad le afecte al cuidado del hijo acreditando que el padre devolvió al hijo y que desconoce datos importantes referidos al mismo como el tutor educativo concluyendo que es mas beneficioso que continué con la madre.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cartagena
  • Ponente: ENRIQUE DOMINGUEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 510/2021
  • Fecha: 14/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No se cambia el régimen de custodia compartida por ser el sistema de mayor beneficio para los hijos estando acreditado que el menor es atendido adecuadamente por el padre sin que el hecho de tener ayuda o apoyo familiar o que concurran desavenencias entre los padres para elegir guardería supongan datos para no adoptar la custodia compartida
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: MARIA PALOMA FERNANDEZ REGUERA
  • Nº Recurso: 108/2022
  • Fecha: 13/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se admite un régimen de visitas distinto al ser muy restrictivo el fijado por el juez y se da fines de semana alternos desde le viernes salida del colegio y hasta el lunes reintegrando el padre a la hijas en el centro escolar al igual que se fija una pensión en favor del hijo mayor y de las menores se concede una mayor cantidad ratificando que la sociedad ganancial cuando ha existido una previa separación prolongada se esta a esta fecha para su disolución si bien los alimentos se pagaran desde la reclamación judicial no modificando al mostrar los hijos su voluntad de continuar en la misma situación de convivir con la madre y habiendo los padres creado una relación conforme la voluntad de los hijos no se considera que haya motivos para su alteración.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: RICARDO MOYANO GARCIA
  • Nº Recurso: 474/2022
  • Fecha: 13/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para modificar el régimen de custodia previamente acordado se deberá acreditar que las circunstancia hacen aconsejable el cambio en interés del menor que no se aprecia fundando la petición del cambio en los impedimentos que la madre viene actuando a la hora de las visitas y ello pese a que ahora ambos progenitores viven en la misma población faltando razón en la justificación de que el nuevo sistema de custodia es mas beneficioso en sus rutinas al actual con la madre manifestando que la menor con edad suficiente no tiene buena aptitud con el padre quien no es lógico no interesar hasta tiempo después la custodia compartida cuando la causa que alega concurría unos cuantos años antes admitiéndose unas visitas mas amplias que se deben regularizar en ejecución de sentencia.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.